La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) contempla multas de hasta un millón de pesos para empresas que vendan productos milagro, así como sanciones económicas para los medios que transmitan sus comerciales.
De acuerdo con las reformas al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, la Cofepris tendrá la facultad de solicitar a los medios, incluidas televisoras y radiodifusoras, que retiren aquellos anuncios de productos milagro en un plazo de 24 horas y, en caso de no hacerlo, imponerles una sanción de hasta mil salarios mínimos equivalente a más de 58 mil pesos por cada anuncio violatorio.



