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Complica el fisco las donaciones

Para recibir donativos, una organización, comunidad o grupo vulnerable debe estar registrado ante el fisco, mientras que la empresa que dona debe calcular y no rebasar el monto deducible autorizado por la ley; y ambos grupos tiene que estar al tanto de las reglas que se emiten para estas actividades.

Estas son parte de las complicaciones administrativas y fiscales que debe superar una empresa que quiere realizar donaciones.

La ley fiscal siempre es complicada y lo es aún un poco más en materia de deducciones por donaciones, porque existen múltiples supuestos que enredan el proceso, explicó Martín Fierro, socio fiscal de RSM Bogarín.

Para recibir donaciones, una organización debe cumplir con alguno de los siguientes fines: asistencial, educativo, investigación, becante, ecológica, reproducción de especies, entre otras.

Cada actividad debe presentar una documentación diferente al Servicio de Administración Tributaria SAT para comprobar su actividad y poder recibir de una empresa donaciones que sean deducibles del Impuesto Sobre la Renta ISR.

De acuerdo con la Ley del ISR en su artículo 176, las donaciones pueden ser sujetas de deducción, siempre y cuando cumplan con algunos requisitos.

Inicialmente, explicó Fierro, el donante debe estar dado ante el SAT, mientras que el beneficiario tiene que cumplir con las características que marca la ley.

Asimismo, la ley marca que el monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda el 7 por ciento de su utilidad fiscal que sirvan de base para calcular el ISR.

La cantidad de la deducibilidad es uno de los primeros problemas, afirmó el fiscalista, pues muchas empresas no tienen suficiente espacio en su utilidad fiscal para realizar la donación o son sujetos de revisiones por parte de la autoridad para verificar que el límite no ha sido excedido.

Requisitos

Estos son algunos de los trámites que el SAT requiere para poder recibir donativos deducibles del ISR:

· Presentar un escrito libre, solicitando la autorización para recibir donativos deducibles.

· Entregar las escrituras constitutivas, estatutos vigentes, contrato de fideicomiso y acreditación de actividades.

· Brindar la información que garantice la transparencia de los donativos recibidos, así como su uso y destino.

· Llenar las solicitudes correspondientes para poder recibir donativos deducibles nacionales o provenientes del extranjero.

· Avisar a la autoridad de la celebración de convenios de apoyo económico con organizaciones civiles y fideicomisos autorizados.

Fuente: Reforma

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