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Cambios en la Ley Federal de Protección al Consumidor

En el Diario Oficial de la Federación se publicó una serie de reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) con ellas se busca fortalecer el poder de Profeco.

Entre las modificaciones que más se han destacado está el aumento del monto de multas y las nuevas facultades sancionatorias de la institución.


Con las reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) se busca fortalecer el poder de Profeco.

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Los cambios se pueden dividir en los siguientes rubros:

  • Información a los consumidores y sobre los productos
  • Compensaciones y garantías
  • Sanciones a proveedores

Información a los consumidores y sobre los productos

En este punto se amplía los elementos informativos para los consumidores. Por ejemplo, a los proveedores que ofrezcan sus bienes y servicio a través de canales electrónicos se les obliga a informar sobre las características de los bienes, los términos y condiciones de la oferta, los mecanismos para presentar quejas y los mecanismos de pago y entrega.

Se obliga también que las tiendas en línea que tengan herramientas y mecanismos para la protección de datos e identidad de los consumidores, soporte de prueba de la transacción, mecanismo para aceptar la transacción (debe quedar claro al consumidor en qué momento se le cobra).

En general, estos mecanismos de información pueden fortalecer la confianza del consumidor en el comercio electrónico y con ello incrementar las ventas que hay por este canal.

Respecto a la publicidad de un producto, ahora los proveedores no podrán anunciar que tal o cual producto está avalado por alguna asociación profesional.

“Cuando éstas carezcan de la documentación apropiada que soporte con evidencia científica, objetiva y fehaciente, las cualidades o propiedades del producto o servicio” (Art. 32, LFPC).

Pero sí se podrán utilizar los resultados de las investigaciones, encuestas y monitoreos de la Profeco siempre y cuando “señalen de manera visible, clara, veraz y comprobable, el medio y la fecha de publicación”.

Para evitar la publicidad engañosa, los proveedores podrán someter su publicidad a la revisión de Profeco (“copy advice”) antes de difundirla.

Compensaciones y garantías

Las compensaciones y garantías crecen en este nuevo paquete de reformas, ahora se establece que la garantía mínima no podrá ser inferior a 90 días.

Además, cuando el consumidor opte por la reposición de un producto, este deberá ser nuevo. Entonces, es responsabilidad de los proveedores cumplir con lo que dice su producto a fin de que no exista ninguna inconformidad.

Sanciones a proveedores

Se puede ordenar el arresto administrativo, es por eso que la Procuraduría debe reglamentar de forma clara y transparente los casos en los que proceda el arresto y demás medidas de apremio, cerrar las brechas de discrecionalidad es una forma de evitar la corrupción.

Taambién, se tendrá mayor transparencia sobre la efectividad jurídica de la Procuraduría y los proveedores podrían enfrentar repercusiones fiscales en caso de no cubrir sus multas.

El objetivo de las reformas es mantener un mercado en el que se respeten las reglas y se eviten las malas prácticas.

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