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¿Cómo deducir impuestos de donativos por el sismo del 19S?

Los sismos que se registraron hace unos días han afectado a regiones de Oaxaca, Chiapas, Morelos, Puebla, Tlaxcala y la Ciudad de México. Sin que ninguna autoridad hiciera el llamado, muchos habitantes del país se han unido para ayudar a los damnificados y hacerles llegar víveres.

También organizaciones como la  Cruz Roja, UNICEF, Aldeas Infantiles y el gobierno del estado de Oaxaca, entre otros, habilitaron cuentas bancarias para recibir apoyos en efectivo y utilizar estos recursos para cubrir necesidades que las autoridades detecten durante la reconstrucción.

Algunos bancos habilitaron cuentas para realizar donativos en efectivo como: Citibanamex (Fundación Alfredo Harp Helú), Banorte (Fundación Banorte), HSBC (recursos canalizados a Save the Children), Inbursa (Fundación Carlos Slim) y BBVA Bancomer (trabajo conjunto con la Cruz Roja).

Banamex y Banorte informaron que se entregarían recibos deducibles de impuestos.

Cabe recordar que en la Ley de Impuesto sobre la Renta (ISR) se establece que las personas físicas residentes en el país pueden deducir las donaciones de impuestos.

De acuerdo con Mario Beltrán, académico de la Facultad de Contaduría Pública de la Universidad Autónoma de Chiapas explicó cómo es el proceso de la deducción de impuestos en el banco:

«La persona hace el depósito, por ejemplo a la Fundación de Banamex con la cuenta bancaria del Banco Banamex, pero es la fundación la que debe entregar un recibo deducible de impuestos, el detalle es que no lo pedimos, porque hay gente que dice que si es ayuda no se debe pedir el recibo, pero esta ley avala este tipo de deducciones».

¿Cómo deducir impuestos de donativos por el sismo del 19S?

  1. Verificar que la fundación u organización que reciba los donativos de dinero aparezca en la lista del SAT de donatarios autorizados. Recuerda que la Ley de ISR señala que los donativos serán deducibles hasta por el 7% de los ingresos del contribuyente.
  2. Verificar que el monto deducible no exceda el 4% del ingreso           acumulable.

Según Beltrán, puedes hacer deducciones desde 10 pesos,  lo que la Ley indica es que los donativos son deducibles hasta el siete por ciento de la utilidad del año anterior, es decir, si en 2016 gané 10 mil pesos, serán deducibles hasta siete por ciento, esto es 700 peso, y si tu donas mil pesos, también serán deducibles hasta 700 pesos”.

También se pueden hacer donaciones conjuntas a fundaciones y gobiernos. Toma en cuenta que al donar a las dos, para efecto de deducciones se sumarán ambas donaciones y éstas no podrán exceder el 7% de tu ingreso.

Por su parte, Ariana Martínez, integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, dijo que en nuestro país es posible que las personas físicas y morales puedan realizar esta acción.

Para las personas morales, el tope también es de 7% de la utilidad obtenida en el ejercicio anterior.

Ariana Martínez especificó que cuando se realizan donaciones a instituciones gubernamentales, en este caso se permite un monto todavía menor, éste no puede exceder 4% de la utilidad fiscal.

“Lo que la ley prevé es que en ningún caso, el límite de la deducción total puede exceder de 7% (…) Todo esto fue una reforma que se hizo para evitar planeaciones fiscales, se pusieron estos límites; sin embargo, consideramos que ante este tipo de catástrofes es recomendable que se pudiera otorgar un estímulo fiscal en función de no tener un tope en las donaciones efectuadas».

 

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