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¿Son las multas de la CFC negociables?

El año pasado la Comisión Federal de Competencia (CFC) impuso, si bien no aplicó, una multa a Telcel por reincidencia de una práctica monopólica relativa, por imponer un precio anticompetitivo en las llamadas de voz dentro de su red (on-net), menor a la tarifa de interconexión que cobra a sus competidores por la terminación de llamadas en su red (off-net).

El tamaño de la multa. Respecto del monto, no cabe duda que 11,989 millones de pesos –alrededor de 1,000 millones de dólares- es mucho dinero, aun para una empresa que genera más de 10 veces ese monto anualmente solamente en su subsidiaria mexicana. Aunque si se consideran sus ingresos como América Móvil, en realidad baja a un nivel muy cercano a cero, sólo 1.8% de sus ingresos anuales. Más aún si se considera que el periodo durante el cual reincidió en la violación que se le imputa cubre los cinco años que van del 2006 al 2010, la proporción de los ingresos que representa es de 2.5% de Telcel y 0.36% de América Móvil, ínfimos para un operador dominante que en el mismo periodo ostentó casi tres cuartas partes del mercado móvil mexicano.

En perspectiva internacional pareciera que la sanción hasta quedó muy baja. El mundo ha visto este tipo de sanciones desde hace casi dos décadas a empresas que usan y abusan de su poder monopolístico. Por ejemplo, la multa determinada por la Comisión Europea por este tipo de prácticas asciende a 10% de las ventas anuales de la empresa, pero ¡a nivel mundial! En cuyo caso correspondería a 4,820 millones de dólares, casi cinco veces más que el monto impuesto por la CFC, equivalente a 10% de las ventas de AMX durante el 2010. En Brasil, país que cuenta con las mismas características socioeconómicas que México, el criterio consiste en sancionar con 30% de los ingresos, en cuyo caso la multa hubiera sido más del triple de la determinada en este caso.

Entonces, no debiera sorprendernos que en el país se busque promover un mercado más competitivo. Lo que sí resulta sorprendente es que un año después se considere siquiera la posibilidad de renegociar esta multa bajo la supuesta promesa de un mejor comportamiento por parte del operador. Es claro que demostrarle que sus prácticas monopólicas no van a ser sancionadas no va a generar los incentivos para dejar de cometerlas, situación que justifica las sanciones en la teoría de la regulación, sino todo lo contrario. Cuando se le enseña a alguien que puede salirse con la suya sin ser castigado, sólo se genera incentivos para que siga cometiendo la conducta prohibida, que dicho sea de paso le permite a Telcel mantener 70% del segmento móvil, tanto en líneas como en ingresos.

¿Regulación efectiva o negociable? ¿Realmente somos tan ingenuos (por decir lo menos) como para pensar que reducir o quitar la multa va a generar los incentivos competitivos necesarios en el mercado mexicano?

Al final, esos incentivos no son un asunto de buena voluntad, ni de mala, sino que se derivan de la aplicación efectiva (¡y oportuna!) del marco legal. Mucho menos son principios regateables entre el regulado y la autoridad, porque estaríamos de regreso a un escenario de captura regulatoria.

Finalmente, esta sanción se originó por conductas cometidas reiteradamente por varios años, que quedan en el pasado y que ya no tienen remedio. Lo que sí puede hacerse es obligar simbólicamente a la reparación del daño, ya que al considerar las afectaciones al consumidor por estas prácticas monopólicas la multa hasta pareciera ridícula, pero definitivamente determinará los incentivos a dejarlas de cometer, o no. Es cierto que una multa no es nunca una solución social ni económicamente óptima, toda vez que no transfiere ni resarce directamente al usuario final el monto imputado, en este caso a Telcel. Sin embargo, concretándose próximamente registrará precedente para seguir nivelando el terreno competitivo en México lo más pronto posible. Queda este análisis a su consideración.

Acerca de los tiempos para nombramientos y ratificaciones

A propósito de hacer las cosas a tiempo, sigue pendiente en la Cofetel la ratificación del comisionado Gonzalo Martínez Pous, más aún cuando es el único en ese cuerpo colegiado con conocimientos robustos desde el campo legal. Conviene aquí recordar el principio de que la estabilidad de los funcionarios se traduce en óptimo desempeño institucional, más aún cuando su experiencia ha sido demostrada como servidor público, académico y, en general, como abogado. Por el bien del regulador y, consecuentemente del sector, confiemos en su muy próxima ratificación y que no se llegue o exceda el plazo límite a mediados de mayo.

Fuente: eleconomista.com.mx
Por: Ernesto Piedras
Publicada: 24 de abril de 2012

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