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Cumplimiento legal vs sustentabilidad

Uno de los aspectos básicos que debe cumplir una empresa para sentar las bases de la sustentabilidad, es el cumplimiento legal; en un mundo como el de hoy, donde las empresas turísticas buscan cada vez más diferenciarse de otras en términos de sus acciones y sus prácticas de sustentabilidad, este aspecto cobra vital importancia.

Y pareciera básico y lógico, sin embargo, creo que a veces se nos olvida que la sustentabilidad se mide a partir de las buenas prácticas que las empresas realizan para ir más allá de la ley, y generar acciones e innovaciones que permitan, una vez teniendo sus aspectos legales cubiertos, dar un valor agregado para el cuidado, preservación y restauración del medio ambiente, y para sus prácticas sociales.

Y es que a veces pareciera que hay empresas que por cumplir sus requisitos legales, y tener certificaciones en este sentido, ya pretenden promoverse y venderse como sustentables, lo cuál es un grave error.

No es sustentable una empresa que tiene una Manifestación de Impacto Ambiental y cumple sus condicionantes, por ejemplo, sino aquella que a partir de este instrumento, desarrolla programas que le permiten, además de cumplir, trabajar para ir más allá y disminuir los impactos no solo en sus predios, sino a nivel comunidad.

Y es que en un mundo en el que el cumplimiento legal a veces se deja en un segundo término, pareciera que cumplir las obligaciones es un asunto para presumir al mundo; pues quiero decirles que definitivamente eso no es avanzar en la sustentabilidad, simplemente es acatar los compromisos básicos que las instituciones nos imponen para poder disminuir los impactos, y maximizar los beneficios de la actividad.

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La diferencia entre alguien que cumple la ley y aquellos que mantienen buenas prácticas que las acercan a la sustentabilidad puede explicarse con tres ejemplos básicos:

Si como empresa cumplimos con condiciones de equidad en el empleo, tenemos a nuestros colaboradores en el seguro social, les damos las prestaciones de ley, generamos programas de inclusión a personas con discapacidad, entre otros, estamos cumpliendo la ley; ir más allá significa trabajar en temas como cero rezago educativo, como empoderar a grupos vulnerables dentro de la organización, y ofrecer prestaciones superiores a las que marcan los instrumentos normativos.

Cumplir con porcentajes de desmonte, protección a especies que están en las normas oficiales como amenazadas o vulnerables, y construir respetando ecosistemas sensibles es cumplir con la ley; generar programas de reforestación en parques o sitios públicos, emprender campañas de restauración de arrecifes o humedales, y reproducir especies amenazadas para evitar su extinción, significa tener mejores prácticas.

Tampoco puede considerarse como una empresa que avanza hacia la sustentabilidad aquella que tiene su Plan de Manejo de Residuos (porque eso es un requisito legal), sino quienes, a partir de este compromiso con la autoridad federal o estatal, genera innovaciones para tratar sus residuos, o para impulsar acciones que reduzcan aún más la cantidad de estos que se envían al relleno sanitario, o implementan campañas para que sus colaboradores lleven esta cultura de separación de residuos a sus casas o colonias.

Estas acciones son, sin duda, un valor agregado que las empresas responsables realizan para fortalecer su compromiso ambiental y/o social, pero como he comentado, siempre, la base de la sustentabilidad debe ir en el cumplimiento de las obligaciones legales, y lo demás, es ganancia.

Por estas razones, una empresa que haga prácticas ambientales, sociales y de equidad, pero que no cumpla las leyes, no puede considerarse ni debiera promoverse como una empresa que va hacia la sustentabilidad; primero, lo primero.

Fuente: Sipse.com

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