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Conoce las reglas para donar

Reglas para donar

Aunque tu espíritu altruista o el de tu empresa pueda ser infinito, existen ciertas reglas y límites de deducibilidad fiscal que es importante identificar antes de donar.

El primer paso para los benefactores será corroborar que la organización civil o fideicomiso con fines no lucrativos es una donataria autorizada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

A través de la sitio de Internet del SAT, cualquier persona física o moral puede cerciorar si la asociación cumple con los requisitos para recibir donativos deducibles de impuestos sobre la renta (ISR).

Asociaciones asistenciales, educativas, de investigación científica y tecnológico, culturales, ecológicas, becantes y de obras y servicios públicos pueden ser donatarias.

Juan Carlos Sáinz del Toro, especialista del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), precisó que dichas entidades están obligadas a reportar a la dependencia hacendaria sus ingresos por donativos, el destino de los mismos, el valor de sus activos y pasivos.

"Como se reciben donativos de terceras personas, el Código Fiscal de la Federación los obliga a que sus estados financieros (de la donataria) sean dictaminados por un contador público con registro ante la Dirección de Auditoría Fiscal General", detalló.

Una vez realizada esta verificación la empresa debe estar consciente que si bien no existe un monto mínimo ni máximo para donar, sí existe un límite de deducibilidad fiscal.

Sáinz del Toro explicó que el monto máximo deducible para personas morales es equivalente al 7 por ciento de la utilidad fiscal reportada en el ejercicio inmediato anterior.

Es decir, una empresa cuya utilidad fiscal en 2012 fue de un millón de pesos, podrá deducir impuestos hasta por 70 mil pesos por concepto de donativos.

Para las dádivas en especie se puede deducir el importe con las disposiciones fiscales, siempre y cuando exista un comprobante fiscal digital de por medio.

Inclusive, una asociación que ya fue autorizada para recibir donativos en México, puede solicitar un segundo permiso para que empresas de Estados Unidos les hagan llegar las dádivas.

La solicitud y autorización como donataria ante el SAT debe renovar cada año, por lo que se recomienda hacer una verificación con la misma frecuencia.

Fuente: Reofrma

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