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Ratifica la CFC multa a farmacéuticas

farmaceuticasLa Comisión Federal de Competencia (CFC) confirmó las multas por un total de 150 millones de pesos a empresas farmacéuticas por colusión contra el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), luego de que éstas interpusieron un recurso de reconsideración.

Por mayoría de votos, el pleno del órgano regulador confirmó la resolución de febrero pasado sobre la investigación a seis empresas farmacéuticas por prácticas monopólicas absolutas en la venta de medicamentos al IMSS.

Las empresas sancionadas habían interpuesto un recurso de reconsideración, conforme al artículo 39 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), contra la resolución original, refiere el órgano antimonopolios en un comunicado.

El argumento principal, dijo, era que el comportamiento sancionado no se debía a una coordinación ilegal entre las empresas, sino que correspondía a acciones unilaterales basadas en previsiones sobre el comportamiento de los competidores.

A pesar de que la Comisión Federal de Competencia ratificó una multa por 150 millones de pesos a seis farmacéuticas por colusión contra el IMSS entre el 2003 y 2006, las empresas no están obligadas a pagar, ya que el órgano antimonopolios no puede ser juez y parte, explicó Eli Lilly México.

La compañía explicó que iniciará un proceso legal «para hacer valer su inocencia». El director general de la empresa, Carlos Baños, comentó que «confiamos en que las autoridades judiciales nos otorguen la razón, a diferencia de la CFC, que cuenta con elementos muy débiles para sustentar su tesis, nosotros sí contamos con argumentos sólidos para demostrar nuestra inocencia».

Asimismo, mencionó que las pruebas de descargo que presentarán en los próximos días ante tribunales se han entregado ya a la CFC durante su periodo de investigación.

La Comisión Federal de Competencia dijo que las empresas sancionadas interpusieron un recurso de reconsideración, conforme al artículo 39 de la Ley Federal de Competencia Económica; sin embargo, el pleno del órgano «analizó los argumentos y determinó que el patrón de posturas observado es inconsistente con acciones unilaterales sin colusión: la empresa ganadora incrementaba el precio en licitaciones posteriores para dar paso a otro ganador».

Fuente: La Crónica; Negocios, p. 23
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