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Comunicados de PrensaInversiones chinas en América Latina

Inversiones chinas en América Latina

Fue elaborado por la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), sus organizaciones miembro y el Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA). Insta a Naciones Unidas a realizar un evaluación completa, detallada y profunda acerca de las obligaciones extraterritoriales de China durante el tercer Examen Periódico Universal (EPU) del próximo 6 de noviembre.

En un nuevo informe publicado hoy por FIDH, sus organizaciones miembro y CICDHA (*) se dio a conocer un patrón de violaciones de derechos humanos y ambientales cometidas por empresas chinas en América Latina. Presenta estudios de casos de 18 proyectos implementados por 15 consorcios chinos, formados por empresas privadas y/o estatales y, por lo menos, 6 bancos provenientes del gigante asiático en Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador y Perú. Concluye que las violaciones de los derechos humanos y ambientales no son incidentes aislados, sino que revelan un patrón recurrente de comportamiento marcado por una falta de respeto a los derechos culturales, económicos, fundamentales y sociales reconocidos internacionalmente, así como también por la impunidad de estas violaciones.

Muestra en detalle que las empresas chinas se han involucrado de manera continua y deliberada en comportamientos que violan el derecho a la tierra, al territorio y a una vivienda adecuada; el derecho a vivir en un entorno saludable; el derecho a la libertad y la seguridad, y los derechos de consulta y participación, y que las autoridades chinas no han examinado con la debida diligencia los impactos de estos proyectos en DDHH. Finalmente, el informe concluye que el gobierno chino no ha adoptado, ni implementado, medidas efectivas para cumplir con las obligaciones extraterritoriales de China en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).

En este sentido, China ha reconocido internamente las obligaciones extraterritoriales de sus empresas, el respeto a las leyes de los países anfitriones y las recomendaciones de las Naciones Unidas (ONU) en un documento de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma de la República Popular China (CNDR) y del Ministerio de Comercio en el apartado de “Opiniones guía para el fortalecimiento de la construcción de un sistema de crédito en el campo de la cooperación económica en el extranjero”, donde señala que las entidades y personas chinas que participan en cooperación económica en el extranjero deben respetar las leyes del país anfitrión, las resoluciones de la ONU y proteger la buena imagen de China.

A la luz de los hallazgos del informe, FIDH y CICDHA instan al gobierno chino a trabajar en cooperación con los organismos de DDHH e integrar los instrumentos de derechos humanos en sus políticas y proyectos de inversión en la región de América Latina y el Caribe. Asimismo, FIDH y CICDHA también solicitan a China que ratifique el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, y que respete sus obligaciones extraterritoriales relacionadas con los derechos humanos y ambientales. También le urge al país presidido por Xi Jinping que renuncie a proyectos existentes en territorios de pueblos indígenas en aislamiento voluntario y se comprometa a no participar en ningún otro emprendimiento en esos territorios.

Además, las autoridades chinas deben realizar una evaluación comprehensiva y participativa de los proyectos donde intervienen bancos y empresas chinas en Argentina, Brasil, Bolivia, Ecuador y Perú en cuanto al cumplimiento de instrumentos internacionales de DDHH y de normas ambientales, y suspender los proyectos que no los cumplan.

Cabe destacar que ya el 13 de junio de 2014, en sus observaciones finales sobre la revisión del segundo informe periódico nacional de China en el marco del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) había instado al gobierno chino a:

• adoptar un enfoque basado en los derechos humanos en el ámbito internacional de sus políticas de cooperación;
• implementar evaluaciones de impacto y mecanismos de monitoreo;
• establecer vías para informar y remediar las violaciones;
• y adoptar medidas legislativas y administrativas para garantizar la responsabilidad legal de las empresas y sus filiales que violan los derechos humanos de forma extraterritorial.

Por tanto, FIDH y CICDHA piden a los Estados miembros de las Naciones Unidas (ONU) que realicen un evaluación completa, detallada y profunda acerca de las obligaciones extraterritoriales de China durante el tercer Examen Periódico Universal (EPU) del próximo 6 de noviembre. En particular, los Estados miembros de la ONU deberían preguntar si China ha tomado medidas específicas para implementar las recomendaciones del CESCR, ya que el patrón de violaciones documentado por el informe FIDH / CICDHA presenta evidencia de que las violaciones persisten.

Comunicado de prensa.

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