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Ahora van tras la disminución de incidencia laboral en el sector salud: NOM 036

A partir del 2020 entrará en vigor la NOM 036, una norma de seguridad y salud en el trabajo que tiene como objetivo prevenir los factores de riesgo ergonómicos, lo que quiere decir, un sobreesfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas durante la jornada laboral.

Por ello, a partir del 2 de enero las empresas tendrán que implementar medidas para prevenir lesiones y fracturas; principales enfermedades de trabajo en México (llegando a 6,432 casos en el 2018).

Se espera que en más de 14 mil centros de trabajo se implemente este marco normativo.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el cumplimiento de la NOM-036 implicará al final del día un ahorro para el sector privado de 9 mil 800 millones pesos anuales, debido a la reducción de este tipo de lesiones y las incapacidades que implican.

La norma se rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde existan trabajadores cuya actividad implique realizar manejo manual de cargas de forma cotidiana (más de una vez al día).

En tanto, cumplir con las nuevas medidas que deberán adoptar las empresas le costará alrededor de 23,916 pesos a cada centro de trabajo. Sin embargo, en caso de tener que reajustar los procesos productivos, maquinaria, logística o empaquetado de las unidades de carga, los costos podrían incrementar en 65,000 pesos más.

“Las acciones de prevención y análisis dispuestas en la norma permitirán disminuir la alta incidencia de enfermedades relacionadas con el manejo manual de carga”, indica la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) en el dictamen preliminar presentado en la Conamer.

Hasta el momento, las autoridades laborales han aclarado que la NOM-036 no establece requerimientos específicos de edad para la contratación del personal, solo fija la masa máxima que puede levantar o bajar un trabajador con base en su edad y género.

Con la nueva regulación no se determina cuando un trabajador cumpla más de 45 años ya no pueda realizar el manejo manual de cargas hasta el límite máximo permitido sino que se impone la obligación al patrón de vigilar de manera especial la salud de este colaborador para que continúe prestando sus servicios a la empresa.

Prevención

La norma establece que se haga una revisión en donde se determine que ciertas cargas deben ser realizadas por trabajadores que cuenten con la aptitud física avalada por un médico o a través de una institución de seguridad social.

Por tal razón, los centros de trabajo deben contar con un procedimiento que contemple la descripción de la técnica adecuada para realizar las tareas de forma segura; las medidas de seguridad y control que se aplicarán durante el desarrollo del trabajo; las características de la carga como dimensiones, forma o peso; las condiciones del ambiente que pueden incrementar el esfuerzo del trabajo; la trayectoria para el traslado de la carga, y la especificación de los materiales que se manejan.

Pero también hay medidas generales, entre las que se destacan los ejercicios de calentamiento antes de iniciar las actividades; áreas de tránsito libres de obstáculos; mantener en orden y limpio el lugar o establecer periodos de descanso, entre otras recomendaciones.

Para lograrlo necesita:

  • Realizar un análisis de los factores de riesgo ergonómicos
  • Adoptar medidas de prevención y control para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico
  • Vigilar la salud de los trabajadores expuestos (aplicación de exámenes médicos)Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por el manejo manual de cargas.
  • Capacitar y adiestrar al personal expuesto en los procedimientos de seguridad y prácticas de trabajo seguro
  • Registrar las medidas preventivas adoptadas y los exámenes aplicados.

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