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Seguro social para trabajadoras domésticas; ya es obligatorio

Hace unas semanas, la Suprema Corte de la Nación (SCJN) dijo que el seguro social para trabajadoras domésticas no era obligatorio y que los patrones tampoco estaban forzados a inscribirlos a alguna institución de salud pero que sí son responsables de los riesgos y enfermedades que ellos puedan sufrir durante las horas de servicio.

Por esta situación, organizaciones y miembros de la sociedad civil apelaron y dijeron que se trata de una medida discriminatoria.

Sin embargo, recientemente la SCJN se retractó y determinó que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas ente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

“No existe alguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyen el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo cual provoca una discriminación injusta contra dichas trabajadoras”.

Se trata de un proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, el cual se aprobó por unanimidad ya que se considera discriminación que los empleados domésticos estén excluidos del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y que además, resulta violatorio del derecho humano a la seguridad social y la igualdad de condiciones.


En México, el seguro social ya es obligatorio para las empleadas domésticas.

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“En efecto, la cobertura voluntaria ‘carece de efectividad, toda vez que recarga en la trabajadora doméstica la difícil tarea de convencer al empleador para inscribirse en el seguro social’, explica en el proyecto; mientras detalla que de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo.

“El carácter obligatorio de la afiliación juega un papel fundamental para la extensión de la cobertura”.

«En la experiencia internacional ‘la cobertura voluntaria resulta ineficaz y, por el contrario, la afiliación obligatoria a la seguridad social resulta altamente conveniente y eficaz para un sector como el del trabajo doméstico».

De acuerdo con la SCJN, dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, pues estadísticamente la labor del hogar es realizada preponderantemente por ellas (nueve de cada 10 empleados del hogar son mujeres según el Inegi).

“El trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de condiciones inadecuadas, extensas jornadas y bajos salarios, expuesto a condiciones que están lejos del concepto de trabajo digno”.

Esta situación le impide al trabajador doméstico la oportunidad de acceso real a prestaciones sociales que les permitan encontrarse protegidos contra circunstancias e imprevistos que afecten sus medios de subsistencia e ingresos, así como para poder generar un proyecto de vida en condiciones igualitarias.

Según integrantes de la SCJN, existen vacíos legales dentro de la Ley de Seguro Social para que éste instrumente una política y programa piloto que diseñe y ejecute un régimen de seguridad social que solvente este problema.

«Así mismo, se contempla que en un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementación del referido programa piloto, “el IMSS, acorde a sus capacidades técnicas, operativas y presupuestales, se encuentre en aptitud de proponer al Congreso de la Unión las adecuaciones normativas necesarias para la incorporación formal del nuevo sistema especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar, en forma gradual, y en ese tenor, en un plazo no mayor a tres años, se logre obtener la seguridad social, efectiva, robusta y suficiente a la totalidad de las empleadas domésticas”.

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