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Gobierno clasifica riesgos de contagio

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La Secretaría del Trabajó listó las actividades laborales con mayor riesgo de contagio del virus; médicos, personal de laboratorio y choferes, entre los de mayor peligro.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social difundió el lunes la clasificación del riesgo de los trabajadores a contagiarse del virus de la influenza A H1N1, dependiendo de su actividad laboral.

Entre las labores con riesgo de exposición muy alto están:

Trabajadores de la salud que tienen contacto con pacientes que se sabe o se sospecha que están infectados, tales como:

Médicos, enfermeras y dentistas, que realizan procedimientos que generan aerosoles en pacientes con sospecha del virus de la influenza A(H1N1) (inductores de tos, broncoscopías, algunos procedimientos dentales o recolección invasiva en las especies).

Personal de los laboratorios de salud que toman y manejan muestras de pacientes infectados o con sospecha.

Entre las labores con riesgo de exposición alto se encuentran:

Trabajadores que proporcionan cuidados de la salud a pacientes que se sabe o sospecha que están infectados, tales como:

Médicos, enfermeras y personal del hospital que ingresa a los cuartos de los pacientes infectados.
Paramédicos y técnicos médicos de la emergencia que transportan a pacientes infectados o con sospecha.

Médicos forenses que ejecutan autopsia en los cuerpos infectados, así como el personal de los depósitos de los cadáveres y del mortuorio.

Choferes de ambulancias, camilleros, personal de dietología y de servicios de intendencia en hospitalización.

Entre las labores con un riesgo de exposición media están:

Ocupaciones que implican contacto frecuente y cercano de exposición, esto es a un distancia igual o menor a 2.25 metros, a fuentes con posibilidad de contagio.

Trabajadores del equipo de salud tales como: asistentes médicas, trabajadoras sociales, personal de orientación al público, recepcionistas.

Trabajadores con contacto altamente frecuente con público en general, personas en edad escolar, compañeros de trabajo, clientes, y otros individuos o grupos, que colaboren en actividades tales como:

Agrupaciones mercantiles, profesionales, cívicas, políticas, laborales y religiosas.

Compraventa de alimentos, bebidas y productos del tabaco.

Compraventa de artículos para el hogar.

Compraventa de gases, combustibles y lubricantes.

Compraventa de materias primas, materiales y auxiliares.

Compraventa de prendas de vestir y otros artículos de uso personal.

Compraventa en tiendas de autoservicio y de departamentos especializados por línea de mercancías.

Preparación y servicio de alimentos y bebidas.

Servicios de administración pública y seguridad social.

Servicios de alojamiento temporal.

Servicios de enseñanza, investigación científica y difusión cultural.

Servicios financieros y de seguros (bancos, financieras, compañías de seguros y similares).

Servicios personales para el hogar y diversos

Servicios recreativos y de esparcimiento.

Transporte aéreo.

Transporte por agua.

Transporte terrestre.

Los trabajos con un riesgo de exposición bajo son:

Ocupaciones que no implican contacto frecuente y cercano de exposición, esto es a un distancia igual o menor a 2.25 metros, a fuentes con posibilidades de contagio, tales como público en general, compañeros de trabajo y otros individuos o grupos.

Trabajadores que tienen contacto ocupacional mínimo con el público en general y otros compañeros de trabajo.

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