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Canales de televisión con Lenguaje de Señas; la nueva iniciativa

Cada vez es más exigente el público consumidor de la televisión, la mayoría quiere programas con mayor potencial y sobre todo con mejor calidad e inclusión.

Es por ello que en el último mes del año, los canales de televisión que se transmitan en el 50% o más del territorio nacional, como Las Estrellas, Azteca 7, Azteca Uno, Canal 5, ADN 40, y a+, deberán contar con Lengua de Señas Mexicana (LSM) o subtitulaje oculto en idioma nacional, en la programación de las 6:00 a las 24:00 horas.

Canales de televisión con Lenguaje de Señas; la nueva iniciativa


Los canales de televisión que se transmitan en el 50% o más del territorio nacional deberán contar con Lengua de Señas Mexicana.

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Canales de televisión con Lenguaje de Señas

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), según los Lineamientos Generales de Accesibilidad al Servicio de Televisión Teledifundida, se publicaron las condiciones que tienen por objeto establecer los parámetros que deberán cumplir los servicios de Accesibilidad para personas con Discapacidad, establecidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones.

En estos textos, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) establece las condiciones y reglas en específico que las televisoras deberán cumplir, tales como el tamaño y ubicación del símbolo para que las personas identifiquen la disponibilidad del subtitulado o de la interpretación en Lengua de Señas.

Lenguaje

Los programas que utilicen subtitulaje oculto, el lenguaje deberá de:

  • Coincidir con las palabras habladas
  • Describir elementos no relevantes como la manera y el tono de las voces
  • Ubicarse sin obstruir el rostro o boca de las personas en escena
  • Que distinga a los hablantes cuando haya más de uno en la pantalla.

En los programas que se añada la interpretación en Lengua de Señas, deberá estar en sincronía con las voces, el intérprete deberá aparecer en un recuadro superpuesto al programa original, y deberá estar en un sitio con contraste entre el mensaje en la LSM y el fondo.

Ello significa que, por ejemplo, en el caso de los nuevos canales locales que habrá o ya están al aire en ciudades, como la Ciudad de México con Multimedios, no estarán obligados a cumplir con dichas medidas cuando sea contenido local.

«Si se obligara a través de los Lineamientos a que los concesionarios de uso comercial que prestan el servicio de televisión radiodifundida y que cubren más del 50 por ciento del territorio nacional a que los contenidos locales también proveyeran de servicios de accesibilidad, resultara en un desincentivo a la producción local por los costos que representaría», explicó el IFT.

¿Y en la publicidad?

El Instituto Federal de Telecomunicaciones dijo que  la publicidad no estará obligada a contar con estas características, así como los contenidos locales, los programas difundidos en idiomas extranjeros sin traducción que sean autorizados por la Secretaría de Gobernación y los contenidos transmitidos en virtud de obligaciones en materia de tiempos gratuitos para el Estado.

Los programas en vivo deberán cumplir en la medida de lo posible con los requisitos, y de ser retransmitidos, “deberán corregirse las faltas de precisión”.

Cabe mencionar que el IFT será el encargado de supervisar y verificar que la prestación de los servicios se realice con apego a la Ley y demás disposiciones aplicables.

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