El panorama laboral en México podría estar a las puertas de una transformación significativa en materia de derechos humanos e inclusión sanitaria. Una nueva iniciativa legislativa busca endurecer drásticamente las sanciones contra las empresas y patrones que ejerzan discriminación hacia personas que viven con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH). La propuesta central es contundente en sus cifras: establecer multas que podrían ascender hasta los 565,700 pesos para quienes toleren, fomenten o ejecuten prácticas excluyentes basadas en el estado serológico de un trabajador o aspirante.
Esta medida no es meramente simbólica; representa un intento por utilizar el poder coercitivo del Estado para erradicar una problemática persistente y profundamente arraigada en el mercado laboral mexicano: el estigma asociado al VIH. A pesar de los avances médicos que permiten a las personas con VIH llevar una vida plena y productiva, siendo intransmisibles si mantienen una carga viral indetectable gracias al tratamiento, los prejuicios continúan cerrando puertas profesionales y truncando carreras.
La cifra que busca disuadir
El corazón de la propuesta legislativa radica en la modificación de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para tipificar específicamente la discriminación por VIH como una infracción grave. El monto mencionado de 565,700 pesos no es una cifra aleatoria. En el contexto de las sanciones administrativas en México, las multas se calculan con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
La propuesta busca elevar el tope de las sanciones hasta el equivalente a 5,000 veces la UMA diaria vigente. Tomando en cuenta el valor de la UMA en 2024 (108.57 pesos diarios), la sanción máxima alcanzaría los 542,850 pesos, cifra que se actualiza anualmente con la inflación, acercándose a la proyección de los 565,700 pesos mencionados en la propuesta para el futuro cercano.
Actualmente, si bien la discriminación está prohibida genéricamente, las multas aplicadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) suelen ubicarse en rangos inferiores para faltas consideradas “no graves”, oscilando a menudo entre los 50 y 250 UMA (aproximadamente entre 5,400 y 27,000 pesos). La nueva iniciativa propone un salto exponencial en la penalización, multiplicando el castigo financiero en más de 20 veces respecto a los límites inferiores actuales, enviando un mensaje claro: discriminar por motivos de salud saldrá extremadamente caro.

El contexto numérico de la epidemia
Para entender la urgencia de esta medida, es necesario revisar las cifras del VIH en México. Según datos del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH y el Sida (CENSIDA) y ONUSIDA, se estima que en México viven alrededor de 370,000 personas con VIH.
Un dato crucial es que la gran mayoría de esta población se encuentra en edad productiva. Los grupos etarios más afectados se concentran entre los 20 y los 49 años, precisamente el segmento vital para la fuerza laboral del país.
Sin embargo, el estigma genera una barrera invisible pero brutal. Organizaciones de la sociedad civil han documentado durante años que una de las formas más comunes de discriminación es la exigencia ilegal de pruebas de VIH como requisito pre-contratación. Se estima que 3 de cada 10 personas con VIH en México han sufrido algún tipo de discriminación laboral, que va desde la negativa a ser contratados, el aislamiento dentro del centro de trabajo, el hostigamiento para forzar su renuncia, o el despido injustificado una vez que su estado de salud es revelado.
Además, el miedo a esta discriminación laboral tiene un efecto dominó en la salud pública. Se calcula que cerca del 30% de las personas que viven con VIH en el país desconocen su diagnóstico. Muchas evitan hacerse la prueba precisamente por el temor a las repercusiones sociales y laborales que un resultado positivo podría acarrear. Una multa de casi 600,000 pesos busca romper este ciclo de miedo, asegurando que el diagnóstico no sea una sentencia de muerte laboral.

¿Qué conductas se castigarían con los 565,700 pesos?
La reforma busca ser exhaustiva en la definición de las conductas sancionables. No se trata solo de castigar el despido directo. La multa de hasta 5,000 UMA aplicaría a patrones que:
- Exijan pruebas de detección de VIH (reactivas o confirmatorias) como requisito para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo. Esta es una práctica violatoria de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010.
- Ejerzan o toleren actos de violencia, hostigamiento o acoso laboral hacia una persona por su estado serológico real o percibido.
- Violen la confidencialidad de los datos médicos del trabajador, divulgando su estado de salud sin su consentimiento.
- Nieguen ajustes razonables en el entorno laboral, como permisos para asistir a citas médicas esenciales para su tratamiento antirretroviral.
Un cambio de paradigma basado en sanciones económicas
La propuesta legislativa representa un cambio de paradigma. Se pasa de la recomendación y la concientización a la sanción económica severa como principal mecanismo disuasorio. Al establecer un castigo financiero que supera el medio millón de pesos, la ley busca afectar directamente la rentabilidad de las empresas que mantienen prácticas discriminatorias.
Esta iniciativa reconoce que la educación es fundamental, pero que en el corto plazo, el “golpe al bolsillo” es una herramienta necesaria para garantizar que las aproximadamente 370,000 personas que viven con VIH en México puedan ejercer su derecho constitucional al trabajo digno, sin que su expediente médico sea una barrera para su desarrollo profesional. La cifra de 565,700 pesos es más que un monto; es la nueva frontera en la defensa de los derechos laborales en el país.







