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Responsabilidad Social Corporativa: Las partes interesadas

La empresa puede declarar de muchas formas su compromiso con la sociedad; por ejemplo, mediante la adhesión a los convenios, tratados y declaraciones relativos a la RSC.

Los diez principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas indican que las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia, deben apoyar la libertad de afiliación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, apoyar la erradicación del trabajo infantil, la preservación del medio ambiente e iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental.

Para el desarrollo de la política de responsabilidad social, conviene seguir un proceso estructurado:

El primer paso es definir los parámetros de responsabilidad y el alcance de la política.

Posteriormente, el documento final debe ser aprobado por la alta dirección o un órgano que otorgue credibilidad, por ejemplo, el comité de RSC.

Por último, la política debe ser comunicada a todas las partes interesadas, implantar acciones deformación y mecanismos de evaluación del cumplimiento de los compromisos.

El Financiero, “Estrategia Empresarial”, Mercados, p. 7

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